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lunes, 6 de junio de 2022

Diferencias entre formación continua, planes de igualdad y contratos de formación

Muchas empresas desconocen que el Estado ofrece diferentes opciones para que puedan formar a sus empleados de una forma sencilla y sin que dicha formación suponga un coste excesivo para las mismas. A continuación hablaremos sobre dichas opciones y su relación con los planes de igualdad.

Aula de formación continua

¿En qué consiste la formación continua?

La formación continua se trata de una formación bonificada, gestionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), y que pone a disposición de las empresas un crédito anual para proporcionar formación a sus empleados, por lo que el coste para las empresas es prácticamente inexistente.

Conviene saber que una parte del monto del crédito concedido para dicha formación se calcula partiendo de las retenciones realizadas, durante el año inmediatamente anterior, por la contingencia de formación de trabajadores y empresa. En el cómputo del importe se tienen en consideración el número de trabajadores que tiene la empresa contratados en el régimen general, con independencia del número de horas de sus contratos.

La idea de este tipo de formación es que todos los trabajadores de la empresa puedan acceder a un aprendizaje estable, desarrollando sus cualidades como profesionales y aumentando sus conocimientos, algo que pueden utilizar las empresas para hacerse más competitivas al conseguir incrementar su productividad y mejorar la calidad de sus productos y servicios.

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¿Qué son los planes de igualdad?

Los planes de igualdad están constituidos por todo aquel conjunto de medidas adoptados por una empresa, después de haber realizado un análisis adecuado de la situación existente al respecto, enfocados a la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, desterrando totalmente cualquier tipo de discriminación por razón de sexo.

Se trata de un documento completo, amplio y personalizado para cada empresa, ya que cada una tiene características y condiciones distintas que deben tratarse de forma individualizada, siendo las medidas a tomar de diferente calado y justificación.

El objetivo final es conseguir la igualdad efectiva en las relaciones laborales, en todos los ámbitos de la empresa, de tal manera que se consiga una igualdad total entre mujeres y hombres. Dentro de estos planes de igualdad resultan fundamentales los contratos de formación.

¿Qué son los contratos de formación?

De acuerdo con lo que se prevé en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato para la formación en alternancia tiene como objetivo hacer compatible la formación de los empleados con el desarrollo normal de su actividad laboral remunerada. Dicha formación puede desarrollarse en el ámbito universitario, en el campo de la formación profesional, o dentro del catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

La síntesis de lo indicado por el Estatuto de los Trabajadores es que los contratos para la formación y el aprendizaje permitan que los empleados accedan a una cualificación profesional en alternancia con su actividad laboral. Es decir, hacen que la combinación entre tiempo de trabajo y tiempo de aprendizaje profesional sea posible.

El puesto de trabajo debe admitir y facultar el acceso a la formación adicional que se haya previsto y, lógicamente, la actividad laboral desarrollada por el trabajador dentro de la empresa deberá beneficiarse directamente de ese aprendizaje que, al final, justifica el mantenimiento en nómina de dicho empleado.

Para más información al respesto poéis visitar el siguiente enlace: https://www.audiolis.com/contratos-de-formacion/

Para concluir sólo queremos indicar que, para acceder a este tipo de ayudas para la formación, es esencial que la empresa esté al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ya que, en caso de no estarlo, no es posible aplicar las bonificaciones correspondientes en los pagos de los seguros sociales de la misma.

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